Procedimiento para el reconocimiento para talleres (entrenamientos cortos)

A continuación se indica el procedimiento necesario para el Reconocimiento de Talleres EC:

  1. Dirigir “Carta de Intención”  correspondiente, indicando los datos de contacto del solicitante. Esta será enviada  vía  e-mail   contacto@icca-coaching.org  junto con el comprobante de pago de la cuota establecida.
  2. Llenar la aplicación para Reconocimiento de Talleres EC, indicando los datos de contacto del solicitante y los datos generales del Taller EC. La aplicación   se dirigirá a la dirección de e-mail   contacto@icca-coaching.org.
  3. El Asesor de Admisiones le indicará la documentación necesaria para la misma.
  4. El Centro de Formación cumplirá todos los requisitos necesarios. Dicha información será remitida vía e-mail a la dirección arriba indicada. A efecto de revisión, posteriormente se indicara cuando será enviada en físico debidamente firmada.
  5. Una vez recibida por el Comité de Certificaciones éste procederá a realizar el estudio y evaluación de la documentación aportada. El Comité de Certificaciones podrá solicitar más información o la aclaración de cualquier documento entregado por el interesado.
  6. El Comité de Reconocimiento  estudiará la documentación aportada y comunicará la resolución de la solicitud, dentro de los 30 días siguientes a su presentación. Este plazo puede ampliarse si el Comité solicita más documentación, ampliación de datos o incluso aclaraciones.
  7. El Comité podrá denegar la solicitud si no se cumplen los requisitos establecidos. Dicha negativa se comunicará por escrito, haciendo referencia a las causas de incumplimiento de la solicitud.
  8. Una vez notificada la resolución al interesado, éste abonará en la Cuenta Bancaria asignada, el importe complementario del Reconocimiento si fuera el caso.
  9. Obtenido el Reconocimiento, se enviará al interesado las credenciales correspondientes (Revisar el apartado “OBTENDRÁS POR PARTE DE CONSEJO ICCA”).
  10. En caso de que el Taller EC presente o sufra cambios en su contenido, estructura, etc., deberá ser comunicado a la Dirección de Registro y Reconocimiento Institucional en el plazo máximo de diez días hábiles después de que se efectuó el cambio. Si este supone una disminución de los requisitos mínimos establecidos, dicho Taller EC perderá el Reconocimiento otorgado, por lo que, si desea obtenerlo de nuevo, deberá iniciar el trámite.